PRESENTADO RECURSO DE ALZADA CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR DEL SCE, QUE REGULA LA ORGANIZACIÓN FUNCIONAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE FORMACIÓN.
El pasado viernes, 16 de Octubre hemos presentado el recurso de alzada al Consejero de Empleo, Industria y Comercio, como paso previo a la vía jurisdiccional.
Nuestra organización sindical, ha interpuesto un recurso de alzada contra la Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo, por la que se regula la organización funcional de las actuaciones comprendidas en la Subdirección de Formación
CCOO. ha presentado el viernes, 16 de Octubre, un recurso de alzada, contra la Resolución del Director nº 19/8480 de 11/9/2009 , notificada a los interesados el viernes, 18 de septiembre, por la que se regula la organización funcional de las actuaciones comprendidas en la Subdirección de Formación.
Entendemos desde nuestra organización sindical, que la pretensión del actual director del SCE, vulnera los derechos fundamentales e intereses legítimos, la resolución se emite por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia objeto de regulación, se prescinde total y absolutamente del procedimiento legal establecido y sobre todo entendemos que es un acto expreso contrario al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades careciendo de los requisitos esenciales para su adquisición.
Entendemos igualmente, que los poderes públicos se encuentran sometidos al imperio de la Ley, a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, estando sometido a los principios de legalidad, seguridad jurídica e interdicción de la arbitrariedad.
En el nuevo organigrama de la Subdirección de Formación, que incluye a la Fundación Canaria para el Fomento y el Trabajo (Funcatra) dentro de la Unidad de Formación de Ocupados, es una usurpación de funciones de la Administración Pública y una externalización de los servicios públicos. Con esta acción se han evitado los mecanismos de control legales que establece la Función Pública Canaria para la estructura organizativa de la Administración, lo que determina la nulidad de la citada resolución del 11 de septiembre.
Una vez más, se vuelve a vulnerar el derecho a la información de los representantes de los trabajadores, incumpliéndose el Estatuto Básico de los Empleados Públicos, el Estatuto de los Trabajadores y el propio convenio colectivo del personal laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Este recurso de alzada, se interpone como paso previo a la oportuna demanda ante la jurisdicción competente
Canarias, 19 de octubre 2009
martes, 20 de octubre de 2009
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario