la reforma del sistema de pensiones

la reforma del sistema de pensiones
video explicativo reforma de las pensiones por Carlos Bravo

Homenaje a Marcelino Camacho, un obrero para la historia (video)

miércoles, 15 de febrero de 2012

MANIFESTACIÓN DOMINGO 19 FEBRERO




La reforma se carga el estatuto de los trabajadores y desmantela el derecho del trabajo.
La Administración Pública puede despedir fácil y barato.
Aplica ERES "exprés" o planes de empleo para funcionarios.
Baja unilateralmente el salario.
La Administración Pública puede modificar a su antojo las condiciones de trabajo.
La Administración Pública puede cargarse el convenio y los acuerdos funcionariales y todos sus derechos

LA REFORMA LABORAL NOS AFECTA A TODOS, FUNCIONARIOS, LABORALES FIJOS, EVENTUALES...TE AFECTA, Y MUCHO, A TÍ.

NO MIRES PARA OTROS Y ¡ ACUDE A LA MANIFESTACIÓN!

TODOS Y TODAS EL DOMINGO 19 A LAS MANIFESTACIONES

lunes, 13 de febrero de 2012

CCOO convoca movilizaciones contra la reforma laboral


13.02.2012.-Ante la aprobación del "decretazo" de la reforma del mercado laboral, CCOO llama a la movilización a los trabajadores y a las trabajadoras. Después de una primera fase de información, el proceso de movilización tiene dos hitos: el 19 de febrero, en el que, en palabras de Toxo, "pretendemos convertir las calles de todas las ciudades en un clamor contra la reforma", y el 29 de febrero, fecha en la que hay convocada una jornada de acción europea.


Según el secretario general de CCOO, el objetivo de la movilización es modificar el contenido de la reforma, aunque no descarta también poder corregir los efectos del decretazo mediante la negociación, en la reunión que CCOO y UGT tendrán hoy mismo con la ministra de Empleo y Seguridad Social. Para Toxo, la evolución de los acontecimientos y el grado de receptibilidad de los trabajadores, determinará posteriores actuaciones.

La reforma laboral aprobada el pasado 10 de febrero, abre la puerta para que se pueda despedir colectivamente por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción al personal laboral al servicio de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público. Por lo que permite el despido al personal laboral indefinido que accedió a la Administración mediante una oposición. Así, esta reforma laboral afecta a todo el personal del sector público, por lo que ya se ha aprobado y por lo que en un futuro pudiera venir.

CCOO de Seguridad Social ha realizado un estudio comparativo entre la nueva reforma laboral aprobada el 10 de febrero, mediante el Real Decreto-Ley 3/2012 y la legislación anterior, incluyendo los artículos que modifica.

Tras un detenido análisis, se puede afirmar que el decretazo supone el mayor ataque en democracia a los derechos de los trabajadores y trabajadoras en este país.

A) En cuestiones de forma:

1) Reconoce que la soberanía nacional no reside en el pueblo español, del cual emanan todos los poderes del Estado, como proclama la Constitución Española, sino que "Los problemas del mercado de trabajo (…) requieren una reforma de envergadura, que, pese a los cambios normativos experimentados en los últimos años, continúa siendo reclamada por todas las instituciones económicas mundiales y europeas que han analizado nuestra situación, por los mercados internacionales (…)".

2) Se ha hecho de espaldas a los agentes sociales, especialmente de los sindicatos (ya que las asociaciones empresariales están dando palmadas con las orejas) sustituyendo la negociación con el tan habitual procedimiento en la Administración Pública de "información y consulta".

3) Supone un ejercicio de poder innecesario, para que no se nos olvide quién manda, pues la Exposición de Motivos se basa en el número de desempleados y después, en lugar de dar directrices para mejorar el tejido productivo y dinamizar el empleo y la contratación, da una serie de pautas para abaratar el despido, desregularizar el mercado laboral, desinstitucionalizar las relaciones laborales y "eliminar" a los sindicatos como representantes de las trabajadoras y trabajadores.

B) En cuestiones de fondo:

1) El despido gratuito. Sí, el despido libre ya lo teníamos. Cualquier empresario podía poner en la calle a los trabajadores y trabajadoras, sin alegar ningún tipo de causa, poniendo a su disposición una indemnización de 45 días por año de servicio hasta un máximo de 42 mensualidades.

Ahora también será gratuito. El Gobierno se inventa un nuevo contrato, el contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores, es decir, las empresas de menos de 50 trabajadores (el 95 por ciento del total), donde el periodo de prueba es de un año en todo caso. El periodo de prueba es el tiempo en el que cualquiera de las partes puede desistir del contrato sin derecho a indemnización. Antes el periodo de prueba tenía la duración que fijasen los convenios colectivos. En defecto de convenio, la duración máxima era de 6 meses para los técnicos titulados y 2 meses para el resto de los trabajadores, ampliable a 3 en empresas de menos de 25 trabajadores.

2) Se reduce la indemnización por despido improcedente. Antes de la reforma el despido improcedente, aquel en el que el empresario alega causa pero no puede demostrarla, tenían una indemnización de 45 días por año de servicio hasta un máximo de 42 mensualidades. Ahora esa indemnización se reduce a 33 días por año hasta un máximo de 24 mensualidades. Esto afecta también a los trabajadores contratados antes de la reforma y no solo a los de después de la reforma (aunque se tendrá en cuenta el periodo contratado antes del Decretazo).

3) Será más fácil despedir colectivamente. Estos despidos dan derecho a una indemnización de 20 días por año de servicio hasta un máximo de 12 meses.

a) Se amplían las causas del despido: se incluye una nueva como es la de disminución durante tres trimestres consecutivos de su nivel de ingresos o ventas. Esto no significa que la empresa tenga pérdidas, sino que no gane tanto como ganaba antes.

b) Desaparece la intervención de la Autoridad laboral en los despidos colectivos. Antes, por medio de la negociación, se podían conseguir indemnizaciones superiores. Ahora provocará la reducción de las indemnizaciones.

c) Se judicializan los despidos colectivos: la única manera de parar un despido colectivo será acudir a los tribunales, lo que conllevará un aumento de la carga de trabajo de la Justicia.

4) En materia de negociación colectiva: Se prima el convenio de empresa sobre los de ámbito superior, se aumentan las cláusulas de descuelgue salarial, se limita la ultractividad de los convenios hasta un máximo de dos años.

5) Las ETT podrán hacer intermediación: esto significa la muerte de los servicios públicos de empleo.

CCOO no ha estado parada todo este tiempo. Contra los anteriores decretazos ya se convocaron dos huelgas en 2010. Es hora de movilizarse. CCOO de Seguridad Social llama a todo el personal a acudir a las manifestaciones convocadas el próximo domingo 19 de febrero por todo el territorio.

Una reforma laboral "clasista" antisindicalidad y desreguladora


13-02-2012. Artículo de opinión de Antonio Baylos / Catedrático de Derecho del Trabajo. Universidad de Castilla La Mancha

Ya está aquí la "agresiva" reforma laboral tantas veces anunciada. Se define como "equilibrada" aunque la noción de equilibrio que tienen sus autores dista mucho de la que poseemos los comunes mortales. Es un texto legal que impone elementos centrales de desregulación de las relaciones laborales, acompañada de un profundo rechazo de la acción sindical, lo que efectúa mediante diversas vías.

Son las más destacadas el encumbramiento de la decisión unilateral del empresario como fuente principal de determinación de reglas sobre el trabajo en sustitución de la negociación colectiva, el disciplinamiento de los trabajadores en torno a un despido barato y siempre definitivo y a unos contratos con salarios cada vez más reducidos y períodos de prueba larguísimos, la funcionalización de los acuerdos colectivos a la decisión empresarial, y una fortísima reducción del contenido laboral del derecho al trabajo tal como se desprende de su reconocimiento constitucional. Todo ello se justifica mediante el recurso, cada vez menos creíble, a la estimulación del empleo.Pese a lo que afirman las autoridades de gobierno, los creadores de opinión afectos y un preámbulo afectado de esquizofrenia legislativa entre lo que afirma y lo que realmente hace, el RDL 3/2012 es realmente una norma clasista que impone la confiscación violenta de espacios decisivos de poder contractual colectivo y de derechos laborales básicos ligados a las garantías de empleo, alterando de forma sustancial la arquitectura de equilibrios que caracteriza la relación entre capital y trabajo, entre libre empresa y derecho al trabajo, y que se corporeiza en la estructura institucional del derecho del trabajo desarrollado en nuestro ordenamiento.

El texto legal se presenta además según un nuevo procedimiento que sustituye, a lo que parece, al previsto en la Constitución para la aprobación de las leyes. Se traslada a los medios de comunicación un power point que explica didácticamente las principales medidas adoptadas, con diverso énfasis en cada una de ellas, y al día siguiente se publica la norma, por motivos de urgente necesidad, como un Decreto-Ley en el BOE. Como muestra de cortesía, se convoca a los sindicatos el lunes a una reunión en la que posiblemente las autoridades de gobierno les suministren unos esquemas que les sirvan de guía en la nueva regulación. La norma nace pues acompañada del desprecio a los procedimientos democráticos. No ha respetado el derecho de información y consulta previa con los sindicatos representativos que garantizan tanto nuestro ordenamiento como el europeo en materia de política social, no reúne en absoluto los requisitos de urgente necesidad que la constitución exige para que el gobierno pueda legislar por vía de urgencia, y se ofrece un texto cerrado en el que la hostilidad hacia la acción sindical y las condiciones de empleo y trabajo es su principal característica.La norma se inserta en un proceso paulatino de deterioro de la estabilidad normativa como base de cualquier política laboral y de la seguridad jurídica derivada. Modifica de forma profunda normas básicas del ordenamiento laboral que ya se habían ido cambiando en un proceso de idas y venidas a partir de mayo de 2010, y en especial supone una modificación sustancial de la Ley 35/2010 y del RDL 7/2011, que constituían el núcleo de la anterior etapa reformadora, con afectación de las mucho más recientes leyes de Seguridad Social y de Jurisdicción Social. Pulveriza por tanto el marco legal que se había ido generando en los últimos dos años con vocación de permanencia. Paradójicamente, la reforma actual quiere ser definitiva, como señala el preámbulo de la norma. No hay marcha atrás por tanto en el proceso de desregulación.

La norma desprecia la buena fe de los sindicatos que han desarrollado en el espacio de la autonomía colectiva un diseño de cesiones de derechos mediado por la contratación de sus aspectos concretos - la flexibilidad interna negociada - que está acotado temporalmente hasta el 2014 en razón de unas expectativas razonables de duración de la emergencia económica y social. Por el contrario, la ley hace permanente el contenido del Acuerdo, lo arranca del espacio de la autonomía colectiva y lo desnaturaliza de forma definitiva al eliminar paralelamente los más importantes mecanismos de contratación de la restructuración de empleo y fortalecer doblemente tanto la "decisión empresarial de carácter colectivo" como la decisión unilateral del empresario en la extinción de los contratos de trabajo. El RDL 3/2012 además, expulsa al convenio colectivo y su función normativa de las condiciones de trabajo de todas las empresas en dificultades económicas, lo que tendrá especial incidencia en las PYMEs. Introduce en el sector público mecanismos de extinción generalizada de contratos sin las garantías colectivas ni de estatuto que antes tenían los trabajadores de aquél. Es hostil al sindicato y a su capacidad de regular colectivamente la situación del empleo. Quiere al empresario como autoridad incontestable en los lugares de producción, en donde se sustituye la procedimentalización y contratación de las decisiones sobre las condiciones de trabajo y las previsiones de empleo por la unilateralidad de la decisión del poder empresarial a la que se dota siempre de carácter definitivo para modificar sustancialmente el contrato de trabajo y para extinguir la relación laboral. El poder contractual del sindicato sólo es aceptado en la medida en que coincida con la decisión del empleador, con su proyecto organizativo y directivo.

Ese autoritarismo normativo doble - en cuanto que ignora los mecanismos de publicidad y debate en la creación de la norma y en cuanto que impone la autoridad incontestable del poder privado empresarial sobre las personas - actúa tanto en la vertiente colectiva como en la individual de garantía de los derechos de los trabajadores. El asociacionismo empresarial ha saludado esta reforma como necesaria y conveniente. De esta manera, reniega expresamente de la vía del diálogo social que parecía haber elegido hace tan sólo unas semanas con la firma del Acuerdo con los sindicatos más representativos. Acuerdo que, no es necesario insistir en ello, ha sido revocado en la práctica por la norma.El RDL 3/2012 genera fuertes dudas sobre la inserción constitucional de algunas de sus prescripciones. Se renuncia implícitamente al papel que el art. 40.2 CE asigna a los poderes públicos de llevar adelante una política orientada al pleno empleo, al anular el sistema de control administrativo y colectivo de los despidos colectivos, y es muy cuestionable que la vulneración del derecho al trabajo mediante el despido sin causa o arbitrario, se regule permitiendo en todo caso al empleador prescindir del trabajador injustamente despedido abonándole una indemnización reducida y limitada que pierde su carácter disuasorio y sancionatorio del acto lesivo del derecho constitucional al trabajo. Por otra parte, la fijación de un período de prueba de un año no sólo descausaliza esta institución - que busca verificar si el trabajador es competente para el trabajo para el que fue contratado - sino que implica una situación en la que se permite el libre desistimiento prohibido en nuestro sistema constitucional. La aplicación que realiza de la irretroactividad de la aplicación de las indemnizaciones reducidas por despido improcedente, de manera que la "rebaja" indemnizatoria comienza a contar a partir del día de publicación de la norma para los despidos de aquellos contratados con anterioridad a la misma, no respeta el principio establecido en el art. 9.3 CE. Es también llamativo la configuración de la "decisión empresarial de carácter colectivo" como una nueva fuente de producción de normas laborales que se opone de forma excluyente a la negociación colectiva, que es el instrumento que privilegia el art. 37 CE para la regulación de las condiciones de trabajo y de empleo, y que se relaciona directamente con la libertad de acción sindical protegida en el art. 28 CE. Y así sucesivamente.

Este Real decreto de urgente necesidad- cuyos contenidos concretos ya irán siendo analizados en su momento - nos aboca a una situación irremediable de conflicto social, lo que sin duda ha sido valorado como un coste asumible por parte del gobierno legislador. Quizá un daño colateral que se tiene ya amortizado, como se dice en la jerga al uso. Una situación de conflicto difuso, no sólo en el enfrentamiento frontal entre el sindicalismo y el poder público, sino en una buena parte del panorama económico y social tanto en el sector público - donde la extinción de los contratos por razones presupuestarias y de liquidez de las administraciones va a abrir la espita de los despidos en masa - como en el sector privado. Que el gobierno haya sacado la norma adelante tal como se comprometió ante los reguladores del mercado financiero europeos y la defienda con convicción fanática es una cosa, y otra es comprobar que esta (des)regulación ha hecho las delicias de los representantes de la (cada vez más) libre empresa y de la economía del mercado.En efecto, una parte del empresariado exulta ante esta pieza legislativa expresiva de un clasismo que hace mucho tiempo no veíamos en el BOE. Llevados por la satisfacción que produce ser reconocidos públicamente como clase dirigente que normativiza sus deseos e intereses de forma directa, sin mediaciones ni contrapesos, demuestran su seguridad aplastante en la violencia del poder privado como única forma de encarar la regulación de las relaciones de trabajo. Confían plenamente en que el sindicalismo confederal, el único realmente organizado en los lugares de producción y en enclaves sociales muy relevantes, sea incapaz de mantener una conflictividad permanente que ponga en riesgo sus expectativas de negocio y su tasa de beneficio. Piensan posiblemente que será el espacio de la política de gobierno y el del sector público el que las fuerzas sindicales recorrerán prioritariamente, de forma que el sector privado, sobre el que pesan como losas los más de cinco millones de parados, será poco o apenas alcanzado por esa onda conflictiva. El desgaste de la reforma lo endosan por tanto al gobierno legislador y a sus recortes en el sector público, sin que se genere demasiado coste en el sector privado. Ya veremos si estas razonables previsiones se cumplen en la realidad ante una fractura social tan intensa como la que se está generando con la cooperación necesaria del empresariado español.

La situación es crítica, y la acción de los poderes públicos como salida de la crisis demuestra su alineamiento claro con el privilegio económico y el autoritarismo no sólo económico y empresarial. Ahora comienza una larga marcha de conflictividad y de crítica política que tiene que culminar en el medio plazo con la abolición de esta normativa clasista. Y que sin duda conducirá a la renovación de la acción sindical, de las formas de conflicto y de incidencia social de los sujetos sociales, en torno a un proyecto de regulación garantista de los derechos de los trabajadores y trabajadoras de este país. Hay que confiar en que en esa dirección los partidos políticos progresistas cooperen eficazmente. El camino es largo y es difícil, no sólo porque son muy fuertes las posiciones de los adversarios y la desigualdad entre las partes de la confrontación se incrementa cada día, sino porque el contexto cívico es muy estrecho y las carencias en la difusión generalizada de un pensamiento democrático se revelan decisivas en orden a dar la vuelta a esta situación de opresión y de domesticación del trabajo como punto de partida de una sociedad más igualitaria. Pero de estos temas se seguirá hablando con toda seguridad en los días inmediatos.

CCOO y UGT ponen en marcha un proceso de movilización creciente y sostenido contra la reforma laboral




11-02-2012. Los secretarios generales de CCOO y UGT han rechazado esta mañana, en rueda de prensa, la reforma laboral aprobada ayer por el Gobierno. Ambos han asegurado que es una reforma que facilita y abarata de manera generalizada el coste del despido y elimina controles y tutelas, y que va a tener como consecuencia acelerar la destrucción de empleo. En palabras del secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, "es una reforma radical impuesta por el FMI, el Banco Central Europeo, Alemania y Francia, y está escrita por la pluma de la CEOE" que, anunció, "merece el máximo reproche y va a ser respondida con una movilización que se desarrollará de manera ascendente y sostenida".

Toxo comenzó su intervención -previamente se habían reunido delegaciones de las Ejecutivas de CCOO y UGT-, explicando que "la reforma no se justifica ni por el contexto, ni por las formas ni en sus contenidos". Es una reforma radical que tiene como lógica el desmantelamiento progresivo del papel del derecho del trabajo en nuestro país y que, según afirmó, "responde fielmente a las exigencias de la Fundación de los bancos FEDEA". "Es una reforma impuesta por el FMI, el BCE, Alemania y Francia, y escrita por las plumas de CEOE y FEDEA", subrayó.

Para el secretario general de CCOO, además de ponerse de manifiesto la falta de autonomía del Gobierno, salvo que se haya convertido en portavoz de esas instituciones -"parece que estuviéramos en una situación de democracia vigilada", lamentó -, la reforma va a acelerar la destrucción de empleo por el abaratamiento del coste del despido que supone y las nuevas facilidades que se añaden a las ya existentes por la eliminación de controles y tutelas para despedir. "Y lo que es peor, en términos de garantías en relación al uso de los recursos públicos, se da la llave de la caja de la Seguridad Social a las empresas para que la utilicen a su conveniencia", denunció.

Según explicó Toxo, "se dice que se pretende reducir la dualidad del mercado de trabajo y curiosamente sólo se toca la contratación estable, no se toca la temporal". Además, añadió, se crea una nueva figura de contrato sin indemnización para aplicar en las empresas de menos de 50 trabajadores, el 95% del tejido empresarial, que "es una figura para el despido libre".

Tras desgranar los contenidos de la reforma, Toxo denunció también que el Gobierno trate a los perceptores del desempleo como si fuera un delincuente, como si estuviera en paro por voluntad propia, al introducir prácticas que en nuestro país "sólo se utilizaban para los reos", en alusión a las prácticas obligatorias.

"La reforma laboral merece el máximo reproche", aseguró con firmeza el secretario general de CCOO, quien anunció que CCOO y UGT han decidido poner en marcha un proceso ascendente, creciente y sostenido de movilización.

Movilizaciones

En este sentido, después de una primera fase de información -" los sindicatos van a celebrar asambleas en todos los centros de trabajo para explicar las consecuencias de la reforma" -, según explicó Toxo, el proceso de movilización tiene dos hitos: el 19 de febrero, en el que "pretendemos convertir las calles de todas las ciudades en un clamor contra la reforma", y el 29 de febrero, fecha en la que hay convocada una jornada de acción europea.

"El objetivo de la movilización es modificar el contenido de la reforma", destacó Toxo, quien sin embargo abogó también por corregir los efectos de la reforma mediante la negociación, aprovechando para ello la reunión que CCOO y UGT mantendrán el lunes con la Ministra de Empleo. "La evolución de los acontecimientos y el grado de receptibilidad de los trabajadores, determinará posteriores actuaciones", concluyó.

viernes, 3 de febrero de 2012

Datos paro registrado enero 2012

02-02-2012. Las reformas llevadas a cabo no sólo no han solucionado los problemas sino que los han agravado. El déficit público no es una enfermedad del sistema. Es un instrumento más de política económica que, en época de crisis, debe ser utilizado para revertir o, en su caso, paliar la grave situación por la que pasa la sociedad canaria.



Parados demandando empleo.

Parados demandando empleo.


Tras los deplorables datos ofrecidos por la EPA en 2011, el ejercicio recién estrenado continúa con la tónica de destrucción de empleo y generación de paro: menos consumo, menos inversión, menos contratación y más desempleo. Por ello las administraciones públicas deben intervenir con políticas anticíclicas a través de sus presupuestos. Estos cambios necesitan instituciones con capacidad de liderazgo y buenos gobiernos que apuesten por el fortalecimiento del diálogo social"

Así y todo, deben ponerse en funcionamiento, de forma urgente, mecanismos fiscales y laborales adecuados para redistribuir la renta. Los salarios no han contribuido en ningún momento a una menor generación de empleo ni incremento de precios y, por lo tanto, de pérdida de competitividad. Asimismo, no son los causantes de la caída de la recaudación de los ingresos de las administraciones públicas sino las rebajas fiscales que han impulsado tanto el Gobierno Nacional como el Autonómico. Éstas no fueron demandadas por los trabajadores ni se hicieron atendiendo a sus intereses y sí en contra de sus reivindicaciones.

De igual modo, CCOO Canarias no secundará planteamientos de querer mejorar el bienestar de las personas y las familias con una mayor facilidad para el despido y una menor remuneración para el factor trabajo y todo ello acompañado de una mejor tributación para los beneficios y para las rentas más altas. Hay que seguir exigiendo el fortalecimiento de las distintas políticas activas de empleo. Hay que seguir reivindicando un salario digno para todos los canarios y unas condiciones laborales que permitan la buena salud laboral de todos los trabajadores y trabajadoras de las islas.


Para hacerlo posible, también es el momento de las inversiones productivas que aprovechen los recursos disponibles en las distintas administraciones públicas y la inversión privada con el objeto de generar redistribución de la riqueza y no sólo mejoras de los resultados de las empresas.